Desamortización

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(02-03) Desamortización de bienes propios de Ágreda

  • ES 42004 AM 01-01-01-02-01-Legajo 839-1862.02-04
  • Unidad documental simple
  • 04/01/1862 / 12/01/1862
  • Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

[04/01/1862].- Igualmente se dio cuenta de las subastas que va a celebrarse el día diez y seis del corriente respecto a los montes de Valverde, Valdevigas, el Campillo y el Vedadillo, haciendo presente la conveniencia que reportaría Al vecindario, si estas fincas se compraren por medio de suscripciones o en su nombre el vecindario, porque verificándolo un particular, debían tenerse presente los graves perjuicios que han de irrogarse al vecindario, tanto por razón de pastos como de labores y leñas de consumos de los hogares de este pueblo. Discutiendo detenidamente y viendo las muchísimas dificultades que se presentaban para hacer dicha compra en la forma propuesta, para ver de llevar la a efecto por los medios mas convenientes, se acordó se consulte este particular con el letrado D. Andrés (Sánchez Carrascosa), a cuyo fin se nombra una comisión que la componen D. Rafael Pérez Santa Cruz, D. Manuel Lavilla y D. Manuel Giménez Sánchez y dos individuos de la Corporación municipal …
[12/01/1862].-
" … "Así bien se manifestó por Sr. Presidente haber dado conocimiento ya varias veces de los anuncios del Boletín Oficial para la venta de los montes de Valverde, Valdevigas, Campillo y Vedadillo, y que se esta […] en el caso, de reunir una Junta de mayores contribuyentes e interesados a fin de determinar lo que se considere más oportuno a gestionar y practicar las diligencias que se conceptúen del caso para ser de libertad a esta Villa de los perjuicios que han de irrogarle si se efectuase la venta de dichos montes.

Calvo Pérez, Manuel Telesforo (1822)

(13) Expediente sobre excepción de venta

  • ES 42004 AM 01-01-01-02-01-Legajo 839-1862.10-10v
  • Unidad documental simple
  • 19/02/1862
  • Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

Que los expedientes instruidos en 19 de julio del año finado para que se exceptuasen de la venta, los montes de Valverde, Valdevigas, el Campillo y el Vedadillo, ...

Calvo Pérez, Manuel Telesforo (1822)

Arrendamiento de pastos de la finca titulada Monte de Valverde y Valdevigas

  • ES 42004 AM 01-01-01-02-01-Legajo 840-1869.042.042v
  • Unidad documental simple
  • 1869-06-03
  • Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

PASTOS.- El Sr. Presidente manifestó que a consecuencia de haberse incautado el Ayuntamiento de esta Villa de la finca titulada Monte de Valverde y Valdevigas, procedente de sus propios, que fue venida por el Estado y cuya venta se anuló por la Junta Superior en 28 de marzo último, y con el fin de atender al pago de la contribución territorial que ha de imponerse a dicha finca, era preciso acotar los pastos de dicho Monte y arrendarlos en pública subasta para que sean aprovechados por el ganado lanar y cabrío … que las condiciones se publiquen en el B.O.P.

Deslinde del término de Ágreda con Dévanos (Soria)

Habiéndose recurrido a este gobierno de provincia por el Alcalde de la Villa de Ágreda, haciendo presente los males qué se ocasionaban con las roturaciones arbitrarias practicadas en su término por los vecinos de Dévanos, bajo el pretexto de descocer los límites de ambas jurisdicciones..

ES.42004.AM F/1890-10-11
DESLINDES. Seguidamente se dio lectura de una comunicación del Señor Gobernador Civil de la provincia nombrando a D. Zacarías Benito para practicar el deslinde del término municipal de esta villa por la parte de Dévanos; y después de una larga discusión acordaron nombrar a D. Emilio Jiménez, Faustino Planillo y Benito Ruiz Madurga para tratar y conferenciar con otra comisión del Ayuntamiento de Dévanos; y ver si convenían en la línea divisoria, y en caso negativo proporcionar al D. Zacarias los antecedentes necesarios para el más exacto cumplimiento del caro que se ha conferido,

Ayuntamiento de Ágreda

Deslinde y toma de posesión del Monte de Valdevigas y Valverde

  • ES 42004 AM 01-01-01-02-01-Legajo 839-1862.59v-60 (63)
  • Unidad documental simple
  • 25/09/1862
  • Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

Se acordó que existiendo la posibilidad para creer que el Monte de Valverde y Valdevigas enajenado por el Estado como de los propios que fue de este Ayuntamiento contiene más extensión que la que anunció al tiempo de sacarla a subasta convendría que se verificase nueva medición contando con la licencia del Sr. Gobernador. En efecto teniendo y teniendo presente por una parte el oficio que en 20 del actual se sirvió manda dicho Sr. a los compradores de dicho terreno haciéndolo de una copia a este municipio para que D. Ciriaco Neyla nombrado por la Hacienda y otro perito que elegirá el Ayuntamiento, se practique el deslinde y amojonamiento del mismo, y por otra parte la solicitud presentada con el propio objeto por D. Melchor Casado y Patricio Lapeña, vecinos de Dévanos , es de parecer se señale para ejecutarla el 6 de octubre próximo, haciéndolo así constar a dichos compradores, dando comisión al Sr. Alcalde para que por medio de oficio eleve una nota de este particular al Sr. Gobernador, rogándole autorice la nueva medición, noticiando además al deslinde a los Ayuntamiento de Aguilar y Cervera del Rio Alhama por confinar sus términos con los límites de dicho terreno para que pueda asistir a la operación

Expediente de anulación venta del monte de Valverde y Valdevigas

  • ES 42004 AM 01-01-01-02-01-Legajo 839-1863.72-73
  • Unidad documental simple
  • 1863-09-04
  • Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

"En la Villa de Ágreda a cuatro de septiembre de 1863: Reunido el Ayuntamiento de la misma, bajo la presidencia del Sr. D. José del Rio, Alcalde de la misma, y reunidos también los vecinos y mayores contribuyentes que se expresan al margen, convocados para sesión extraordinaria y especialmente el Sr. Alcalde la expuso manifestando que en el día de hoy se le ha presentado una comisión de vecinos de Dévanos compradores del monte de Valverde y Valdevigas, haciéndole saber que estando en el caso de evacuar un informe a la Comisión de Venta de Bienes Nacionales, como requisito en el expediente que por esta Villa y representante de la Tierra se tiene promovido, y que para evacuar el informe con acierto, deseaban que por el Ayuntamiento se consignase la declaración de que el estado del terreno de Valverde y Valdevigas, era de aprovecha miento común toda vez que en el anuncio de venta se indicaba ser de propios, lo cual no les permitía evacuar su informe con la seguridad que desea. Que el Sr. Alcalde sin embargo de que no le ofrecía duda de que el monte de Valverde y Valdevigas era de aprovechamiento común, no podía por sí hacer esta declaración por si algún vecino tuviera datos en contrario y por ser asunto de bastante interés y que este ha sido el motivo y el objeto de la presente reunión. Enterados los señores concurrentes manifestaron de conformidad y sin contrariedad alguna, que han tenido siempre como de aprovechamiento común el expresado monte de Valverde y Valdevigas y que en tal concepto puede declararlo el Ayuntamiento así al objeto a que los solicitan los interesados de Dévanos. En cuya forma se declaró por discutido el asunto y terminada la sesión que firman los señores del Ayuntamiento y concurrentes que saben, de que yo el Secretario certifico. PRESIDENTE: José del Rio TENIENTES: José Cisneros - José Mayor CONCEJALES: Francisco Cacho - Juan Cacho - Juan Pelarda - Atanasio Val - Antonio Ruiz - Buenaventura Lasheras VECINOS : Julián Ruiz "Martinillo" - Pablo Palacios - José Lapeña - Epifanio Hernández - Tiburcio Ruiz "Mochuga" - Pedro del Rio "Litago" - Manuel Lavilla "Mocheta" - Manuel Giménez Sánchez - Agustín Tudela - Manuel Cilla - Isidro Ruiz - Angel Val - Pedro Cilla - Quintín del Rio - Juan Pelarda (Mayor) - Manuel Zapatero - Tiburcio Gimenez "Duque" - Eusebio Omeñaca - José Rubio "Chinchano" - Anselmo Alonso "Balturras" - Marcial Sevillano - Santiago Aranda "Macareno".

Inconvenientes que parecieron para la toma de posesión del Monte de Valdevigas y Valverde

  • ES 42004 AM 01-01-01-02-01-Legajo 839-1862.35v-36 (43)
  • Unidad documental simple
  • 1862-08-01
  • Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

En la villa de Ágreda a primero de Julio de 1862, se reunió el Ayuntamiento en sus salas capitulares a la nueve de la noche, en sesión extraordinaria, presidida por D. Manuel Telesforo Cacho, su Alcalde, a fin de proponer los medios más prudentes y adecuados sin compromiso, para contener los excesos y resultas que son consiguientes por efecto de la toma de posesión del Monte y Campo titulado Valdevigas y Valverde, verificado en el día de ayer por los compradores al Estado D. Cipriano Benito Guillén,[Propietario], vecino de Yanguas, y D. Santiago Hernandez [Lapeña, ID 79643] con D. Melchor Casado [Zapatero, Id 79495], D. Vicente González [Virto, ID 170602] y D. Patricio Lapeña [Delgado, primo de Santiago] que lo son de Dévanos, en cuyo acto se protestó porque el terreno contiene mucha más extensión que la señada en el expediente de su razón, y porqué está sin resolver la reclamación que en 19 de Julio último hizo esta Corporación para que se exceptuase de la venta por ser la finca de aprovechamiento común. Resulta que pocos momentos antes de esta reunión se ha dado cuenta al Sr. Presidente por el guarda del expresado término que ínterin el Ayuntamiento de que este día se han presentado seis hombres armados con escopetas en dicho sitio de Valdevigas y Valverde, que estos disponían a los pastores expulsaron sus ganados lanares que tenían pastando sin consideración a que sus pastos corresponde a la Mancomunidad de Villa y tierra, y por último que habían encontrado cinco pies de encinas cortados recientemente, sin saber por quién. En consecuencia el Ayuntamiento, que debe velar por la conservación de montes de jurisdicción, no puede menos que manifestar que aún cuando los dueños de las fincas son árbitros para obrar en ellas a su antojo, también lo es que no teniendo como tienen prestada fianza en la forma que prevenía el anuncio de la subasta y partiendo del principio de que la venta se puede declarar nula por las fundadas razones consignadas en el expediente que pende de la superioridad y la nuevamente propuesta en el día de ayer al tiempo de darles la posesión, es muy probable, si se les permite cortar el arbolado y extraer las matas bajas que contienen, carezcan de recursos para indemnizar al Ayuntamiento del valor que representa. Además, debe tomarse en consideración el género de defensa con que aparentan presentarse los vecinos de Devanos, pues por ello y por los gravísimos perjuicios que irriga a este vecindario la venta de dichas fincas no será difícil suceda lo que menos se piensa.

Valdevigas y Valverde (Ver 40)

Numero 407 del inventarío.—Otro monte titulado Valdevigas y Valverde, poblado de coscojo, encina y romero, sito en termino de la misma villa de Agreda, procedente de sus propios y que aprovechan su Ayuntamiento y vecinos sin pago de renta alguna. Su terreno es de segunda y tercera calidad y está clasificado por los peritos en esta forma: 79 fanegas de monte chaparral; 137 fanegas de segunda calidad de regadío; 274 fanegas de secano y las restantes de monte raso y pasto. Las cultivadas las disfrutan vecinos de dicha villa y pueblo de Devanos arbitrariamente y sin pago de renta alguna, y también se encuentran dentro de su superficie 26 casillas o corrales de cerrar ganado, 8 abejeras ó colmenares y un batán derruido, todo ello construido arbitrariamente, puesto que nadie ha presentado documento alguno de propiedad ni que legitime dichos futuros y construcciones de corralizas, por cuyo motivo se ha comprendido todo en la tasación general de esta finca. Su cabida en junto es la de 3291 fanegas y 3 celemines de marco Real, ó sean 2119 hectáreas, 46 áreas y 54 centiáreas. Linda dicha finca al E. con la dehesa del Rincón, al O. E. con términos de dicha villa de Agreda y pueblo de Dévanos , al S. con el camino ó carretera vieja de Navarra y al N. con la Muga de Cervera y Aguilar del Rio Alhama. Este monte se halla declarado enajenable en la clasificación general de los de esta provincia, y se ha fijado en dicha villa anuncio para tu subasta, á condición de que el comprador ha de otorgar la escritura de fianza prevenida por instrucción para las fincas de esta clase.
El primer remate de este monte tuvo efecto el día 15 de Octubre de 1860 bajo el tipo de su tasación que fue la de 748.640 reales, mas como no hubo licitadores, se procedió a su segunda subasta con arreglo a instrucción y de orden al efecto de la Dirección general de 10 de Enero de este año, y que tuvo efecto en 27 de Julio del mismo por la suma de su capitalización, que es según la renta anual de 29.946 rs. graduada por los peritos la de 673.785 rs.; mas como tampoco hubiese licitadores, se acordó por la Junta superior del ramo y según orden de la propia Dirección fecha 21 de Octubre último proceder á su retasa; y verificada esta por los peritos han apreciado su valor actual en 329.785 rs., que servirán de tipo para la subasta.

Propios de la Villa de Ágreda