Roturaciones

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Un monte titulado Campillo

Primera subasta por retasa.
Número 406 del inventario.= Un monte titulado Campillo, poblado de tomillo y romero, sito en término de la villa de Agreda, procedente de sus propios y al que no se le conoce renta alguna en el inventario. Su terreno es de segunda y tercera calidad. Tiene este monte en su centro cultivadas 183 fanegas por vecinos de dicha Villa y otros del inmediato pueblo de Devanos y también 4 corrales para cerrar ganado construidos arbitrariamente, puesto que no se ha presentado documento alguno que acredite su legal posesión, y por cuyo motivo se ha incluido todo en la tasación general de dicho monte que se halla comprendido como enajenable en la clasificación general de los de esta provincia, y se ha fijado en dicha villa el oportuno anuncio pare su subasta, a condición de que el comprador ha de otorgar la escritura de fianza prevenida por instrucción para las fincas de esta clase.

Propios de la Villa de Ágreda

Terrenos procedentes de repartos o roturaciones arbitrarias

Procedimiento a seguir para instruir los expedientes que se instruyan para reconocer la propiedad de los terrenos procedentes de repartos o roturaciones arbitrarias .. La han de conocer los Jueces de 1ª Instancia
El artículo 397 de la Ley Hipotecaria establece el medio que puede emplear el propietario que carece de título escrito para inscribir su derecho en el registro de la propiedad

Sobre las roturaciones que se han hecho en el Tallar de Valverde

TALLAR.-
Pasaron a tratar sobre las roturaciones que se han hecho en el Tallar de Valverde y después de conferenciar sobre el particular acordaron se cite para la sesión inmediata a todos los que tienen roturos, con el fin de que los dejen inmediatamente; y de no verificarlo pasar la denuncia al Tribunal competente.

Sesión ordinaria del día 7 de enero de 1869

  • ES 42004 AM 01-01-01-02-01-Legajo 840-1869.05v-06v
  • Unidad documental simple
  • 07/01/1869
  • Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

El Sr. Presidente (Alcalde) dio cuenta al Ayuntamiento de una instancia presentada por Manuel Cilla del Rio, Venancio Rubio Mayor y José Pérez Sevillano, por sí y en nombre de otros convecinos roturadores en terrenos comunales, en la que solicitan se dé cumplimiento a la Real Orden de 18 de Junio del expresado último año sobre que se les otorgue las escrituras de legitimación de las roturaciones que comprende el expediente instruido al efecto y que produjo dicha Real Orden.
Enterada la Corporación de dicha instancia, así como de la citada Real Orden, y después de conferenciar sobre este particular, acordó:
Que para poder conocer con exactitud las roturaciones que a cada vecino de esta Villa corresponden en el término del Campillo en que se encuentran las que los exponentes solicitan, puesto que de muchas de ellas han debido transmitirse de unos a otros, y ya por muerte o cesión de los primeros, y ya también por las modificaciones y subdivisiones que indudablemente habrán hecho los compradores del Campillo, en cuyo terreno se encuentran dichas roturaciones, las cuales habrán alterado notablemente la forma y extensión que antes tenían las fincas , era preciso nombrar un perito inteligente para que en unión de otro que deberán los interesados recurrentes, y con avenencia del comprador del Campillo y vecino de esta Villa y pueblos limítrofes en que existan interesados, proceder al deslinde, medición y tasación de las fincas roturadas y construidas por cada uno de los interesados, expresando con claridad las que a cada uno pertenezcan para lo cual el Ayuntamiento nombra por su parte a Raimundo Delgado de esta Corporación para salvar el orden, la libertad y las instituciones que nos rigen, a la vez que para concluir con los enemigos de toda propiedad y progreso.

Sesión ordinaria del día 14 de Abril de 1867

Sesión ordinaria nº 21 [14-04-1867]
Se leyó y dio cuenta de un Oficio del Sr. Gobernador, fecha 10 del actual, por el que se ordena que los interesados de la fincas roturadas en Valverde, justifiquen los roturos de más de 180 yugadas que todavía no aparecen acreditadas en el expediente de nulidad de la venta que tienen incoado, sujetándose para ello a las disposiciones que se citan en dicha comunicación, y el Ayuntamiento quedó enterado.

Ayuntamiento de Ágreda

Sesión del día 6 de Octubre de 1877.

  • ES 42004 AM 01-01-01-02-01-Legajo 841-1877.27-27v
  • Unidad documental simple
  • 1877-10-06
  • Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

Sesión del día 6 de Octubre de 1877.
ROTUROS. Acto continuo por el concejal Manuel Lapeña, se manifestó, que hace algunos años fue enajenado el terreno titulado Tallar de Valverde, de la jurisdicción de esta Villa, por cuya razón, varios vecinos del pueblo de Dévanos , que eran sus compradores, roturaron parte de dicho terreno, que posteriormente fue anulada la venta, quedando por consiguiente como propios de la Villa; y como quiera que a pesar de todo ello, hayan observado que aquellos sigan cultivando los mismos roturos, creía el Ayuntamiento que estaba en el deber de poner coto a tales abusos. Esterado este y conforme en su todo con lo propuesto por el Señor Lapeña, después de conferenciar sobre el particular , por unanimidad acordaron que por el Señor Presidente se oficie al Alcalde del referido pueblo de Dévanos, a fin de que se sirva hacer saber a sus convecinos, dejen de seguir cultivando los roturos de que se trata; y que todo el que sea denunciado por dicho concepto sea llevado a los tribunales de Justicia

Sesión del día 6 de Mayo de 1882

En la sesión se trató el modo y forma de aprovechar los pastos del Tallar de Valverde, convinieron en primer lugar reconocer el terreno para ver el estado en que se encontraba y los roturos que en el había … se comisionó a Bartolomé Lapeña y Galo Ruiz

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