Doocumento nº1 (24/8/1882) Antonio Garcés propietario de una heredad plantada de viña situada encima del Corral Viejo, término de Vozmediano la cual vende a Manuel Lacal al precio de mil veinte realescuartos por cada cepa, no está inscrita en el registro de la propiedad por lo que se compromete a hacer las gestiones oportunas.
Documento nº 2 (15-1o-1882 a 19/10/1882 Expediente del Ayuntamiento de Vozmediano para el reconocimiento de que el propietario de dicha viña es Tomás Calavia Sevillano.
Documento nº (31/10/1882) Escritura de compraventa ante el Notario
Doocumento nº1 (24/8/1882) Tomas Calavia, propietario de una heredad plantada de viña situada en Corral Viejo, término de Vozmediano la vende a Manuel Lacal al precio de ocho cuartos por cada cepa, no está inscrita en el registro de la propiedad por lo que se compromete a hacer las gestiones oportunas. Documento nº2 (8/9/1882) Escritura de compraventa ante el Notario Documento nº3 (12-12-1882 a 17/12/1882 Expediente del Ayuntamiento de Vozmediano para el reconocimiento de que el propietario de dicha viña es Tomás Calavia Sevillano.
Documento nº 1 (15-10-1882 / 7-7-1884) Expediente del Ayuntamiento de Vozmediano para el reconocimiento de que el propietario de dicha viña es Roberto Hernández Rodrigo. Roman Rodrigo Hernandez es propietario de una fanega destinada a viña en el sitio denomina Corral Viejo, término de Vozmediano* la cual vende a Manuel Lacal al precio de cincuenta pesetas, no está inscrita en el registro de la propiedad por lo que se compromete a hacer las gestiones oportunas.
Documento nº 2 (15/9/1885) Escritura notarial de la compra de la finca descrita en el documento nº 1
Escrituras de adjudicación, liquidación, aprobación de testamentaria de los bienes dejados a la muerte de D. Lorenzo Bueno Fernández [Folio 81].- Una casa en la Plaza de los Mesones. Testamento ante el Notario Nicolás Villar García . Inscripción en el Registro de la Propiedad Finca 806, Tomo 167, Libro 16, Folio 200 de fecha 18/08/1886.
Don Pablo Valer, vecino y alcalde de Magaña, empadronado en el mismo pueblo según cédula personal de sexta clase número 75 que exhibo ante usted Sr. Juez de primera instancia, como mejor proceda digo: Que mi convecino D. Juan Córdoba, como alcalde que era en el año 1867, suministró ante este juzgado información para perpetua memoria al objeto de acreditar que la dehesa boyal del sitio de las Troyas correspondía al común de los vecinos que vienen disfrutándola con sus ganados de labor y las leñas para el consumo de sus hogares. Aprobada la información se protocolizó en el registro de escrituras públicas ante el notario de esta villa don Lorenzo bueno porque se expidió entonces primera copia con los requisitos legales la cual se presentó en la Dirección General de propiedades y derechos del Estado …
Nómina de los haberes que han correspondido al personal de este Juzgado de Primera Instancia de Ágreda, por la paga del mes de Julio de 1876, que se satisface con arreglo a la distribución de fondos del mismo y con el descuento del 20% prevenido por la Ley de presupuestos vigentes