- ES 42173 AHPS 01-01-20-10-1.1.0.2.-19177-1835-10
- Unidad documental simple
- 13/10/1835 - 14/10/1835
Parte de CENTRO DE DOCUMENTACIÓN
Administración de Aduanas de la Provincia de Soria
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Administración de Aduanas de la Provincia de Soria
Relación de los sujetos que han sido condenados al pago de dobles derechos en la Aduana de Ágreda
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Don Toribio Ruiz, Administrador interino de Aduanas de esta Provincia, en la mejor manera y forma que haya lugar en derecho y a reserva de usar de otro cualquiera competente, ante Vd. en justicia parezco y digo: Que por real orden de veintiséis de Enero último de propuesta de esta Subdelegación, se digno S. M. ordenar a el pago de derecho dobles de todos lo que habían introducido fraudulentamente géneros, frutos y efectos de Navarra sin presentarse en esta Real Aduana con las guías de saca, Para la averiguación de los sujetos comprehendidos en esta tan suave como justa medida se ha tomado razón de las Administraciones de tablas, a su virtud se las ha requerido el pago por medio de oficios dirigidos a las respectivas justicias repetidas veces, pero no habiendo surtido efectos estos pasos de armonía; se esta en el caso de proceder contra cada unos de los comprehendidos en la relación que se acompaña sumarísimamente para embargo y venta de bienes que cubran con sus productos las repetidas cantidades que les corresponden de este escrito y diligencias que a su virtud se obraren, a cuyo fin: A Vd. suplico que habiéndome por presentado con la relación en su vista, se sirva mandar que inmediatamente se proceda a dichos embargos y ventas, ejecutándolo inmediatamente contra los vecinos de esta Villa contendidos en ella, y respecto a los vecinos de Ausejo, Cascante, Corella, Munilla y Soria, librando exhorto a las respectivas justicias ….
Administración de Aduanas de la Provincia de Soria.
Relación de los sujetos que han sido condenados al pago de dobles derechos, conforme al espíritu de la orden de 26 de enero último (26/01/1836), por haber introducido fraudulentamente géneros, frutos y efectos de Navarra, y que no se han presentado a cubrir sus respectivos partidas, sin embargo de haberse oficiado repetidas veces a las justicias por esta Subdelegación:
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